REGLAMENTO DE PRÉSTAMO DE EQUIPOS
Laboratorio de Especialidad de la Carrera de Ingeniería Civil Informática
Departamento de Ciencias de la Computación y Tecnologías de Información
Universidad del Bío-Bío, Sede Chillán
1. OBJETIVO
El presente reglamento tiene por finalidad establecer el marco normativo y las condiciones que regulan el préstamo, uso, cuidado y devolución de los equipos tecnológicos (notebooks, parlantes, presentadores, periféricos y accesorios) existentes en el Laboratorio de Especialidad de la carrera de Ingeniería Civil Informática de la Universidad del Bío-Bío, Sede Chillán.
2. USUARIOS HABILITADOS
Se entiende por usuario habilitado a todo estudiante con matrícula vigente de pregrado de la carrera de Ingeniería Civil Informática, o de programas de posgrado pertenecientes al Departamento de Ciencias de la Computación y Tecnologías de Información de la Universidad del Bío-Bío, Sede Chillán, que no mantenga sanciones vigentes ni morosidades de equipamiento con el laboratorio.
3. CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE PRÉSTAMO
El préstamo de equipamiento es de carácter estrictamente personal e intransferible, asignándose bajo las siguientes condiciones:
- Uso Académico Exclusivo: Los equipos deberán ser destinados únicamente a actividades académicas asociadas a las asignaturas del programa de estudio.
- Delimitación Territorial: El uso de los equipos prestados se circunscribe exclusivamente al interior del Campus Fernando May. Salvo autorización expresa de la Jefatura de Carrera, se prohíbe estrictamente el retiro del equipamiento fuera del recinto del campus.
- Registro y Responsabilidad: Al registrarse el RUN del usuario habilitado y acordarse la fecha y hora exacta de devolución, este asume la responsabilidad inmediata, inequívoca e intransferible de la integridad física (hardware) y lógica (software) del equipo asignado.
- Plazo de Verificación (Hora de Gracia): Al momento de la entrega, se asume la recepción conforme. No obstante, el usuario dispondrá de un plazo máximo de 1 hora a contar del momento de la entrega para revisar el equipo y reportar por escrito o presencialmente al personal del laboratorio cualquier desperfecto físico o lógico preexistente. Transcurrido dicho lapso sin reportes, se asumirá la conformidad total del usuario, sometiéndose a las responsabilidades y sanciones correspondientes ante eventuales fallas o daños no notificados previamente.
3.1. Horarios de Atención para Préstamos
Las solicitudes y entregas de equipos se efectuarán de Lunes a Viernes en los siguientes módulos horarios:
- Mañana: 08:10 hrs. a 13:10 hrs.
- Tarde: 14:10 hrs. a 18:10 hrs.
4. DEVOLUCIÓN E INSPECCIÓN DE EQUIPOS
Toda devolución estará sujeta a una revisión e inspección técnica obligatoria por parte del personal del Laboratorio de Especialidad de ICInf al momento de la entrega.
- Equipos Dañados: De detectarse daños en los componentes físicos o lógicos, se evaluará el origen del fallo e informará al alumno sobre los costos y condiciones de la reparación. Si la reparación no fuere factible, procederá el protocolo de restitución.
- Atrasos e Incumplimiento: Los usuarios que no restituyan el equipamiento en la fecha y hora límite asignada se someterán a las sanciones por incumplimiento contempladas en este reglamento.
4.1. Horarios de Atención para Devoluciones
Las devoluciones deberán realizarse estrictamente de Lunes a Viernes en los siguientes bloques horarios:
- Mañana: 08:10 hrs. a 13:10 hrs.
- Tarde: 14:10 hrs. a 18:10 hrs.
5. ROBO, HURTO, PÉRDIDA, DAÑOS Y PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN
5.1. Denuncia por Robo o Hurto (Plazo Máximo 24 Horas)
En caso de producirse el robo o hurto de un equipo prestado, el estudiante tendrá un plazo máximo e impostergable de 24 horas, contadas desde la ocurrencia del hecho, para dar aviso formal al personal del Laboratorio de Especialidad ICI y adjuntar la constancia o denuncia realizada ante la unidad policial respectiva (Carabineros de Chile o PDI).
5.2. Procedimiento de Restitución y Especificaciones Técnicas
En los casos de robo, hurto, pérdida o daño irreparable del equipo:
- El alumno dispondrá de un plazo máximo de 90 días corridos para restituir el equipo prestado.
- Estándar de Reposición: El equipo de reemplazo entregado por el estudiante deberá contar con especificaciones técnicas iguales o superiores a las del equipo original asignado. El modelo y características del bien a restituir deberán ser evaluados y aprobados formalmente por el encargado del laboratorio antes de su aceptación.
- Inhabilitación Preventiva: Mientras no se concrete la restitución total y conforme del equipamiento, el alumno quedará inmediatamente inhabilitado para solicitar nuevos préstamos de equipos.
5.3. Inhabilitación Adicional por Daño o Pérdida
En los casos específicos de daño irreparable o pérdida atribuible al usuario, una vez efectuada la restitución satisfactoria del bien, se aplicará de forma adicional una inhabilitación de 5 meses para solicitar préstamos de equipos en el laboratorio.
6. INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES Y SANCIONES
Se considerará incumplimiento de condiciones:
- El retraso en la devolución del equipo respectivo de la hora y fecha estipulada.
- El traslado fuera de las dependencias autorizadas (Campus Fernando May) sin permiso expreso de la Jefatura de Carrera.
- La cesión o préstamo del equipo a un tercero no registrado.
El incumplimiento de las condiciones establecidas acarreará las siguientes sanciones incrementales, contabilizadas a contar de la fecha de la notificación de la sanción:
| Nivel de Incumplimiento | Sanción Aplicable |
|---|---|
| Primer Incumplimiento | Suspensión del derecho a préstamo de equipos por 1 mes. |
| Segundo Incumplimiento | Suspensión del derecho a préstamo de equipos por 5 meses. |
| Tercer Incumplimiento | Suspensión del derecho a préstamo de equipos por 10 meses. |
7. PROTECCIÓN DE DATOS, PRIVACIDAD Y LIMPIEZA DE EQUIPOS
El Laboratorio de Especialidad ICI no se hace responsable por la pérdida, extravío o filtración de información, archivos personales o trabajos académicos almacenados en las unidades de disco de los equipos durante o al término del período de préstamo. El personal del laboratorio queda expresamente facultado para ejecutar formateos, restauraciones de sistema o borrado seguro de datos en el equipamiento inmediatamente posterior a su devolución.
8. MATERIAS NO CONTEMPLADAS
Todas aquellas situaciones, casos fortuitos o controversias no previstas explícitamente en la presente normativa serán resueltas de común acuerdo por el Encargado de Laboratorio y la Jefatura de la Carrera o Programa correspondiente.
Reglamento vigente desde marzo de 2018.
Este reglamento podrá actualizarse en la medida que la autoridad vigente asi lo estime conveniente.